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jueves, noviembre 21, 2024

Fiscalía y Gobierno de Oaxaca obstaculizaron investigación del ataque con ácido a María Elena Ríos: CNDH

Reportajes

La Comisión Nacional de Derechos Humanos pidió al gobernador Alejandro Murat Hinojosa y al fiscal Arturo Peimbert Calvo reparar el daño ocasionado en los términos y condiciones que establece la Ley General de Víctimas a la joven María Elena Ríos, víctima de un ataque con ácido, y a su familia.

En su recomendación 28/2022, también solicitó al Gobernador y Fiscal de Oaxaca que les proporcionen la atención médica y psicológica que requieran de manera continua hasta que alcancen su sanación psíquica y emocional o el máximo beneficio en su salud, atendiendo a su edad, sexo y necesidades.

Además, pidió el reconocimiento de la responsabilidad y ofrecer una disculpa pública a las víctimas, así como la colaboración para la presentación y seguimiento de las quejas ante los Órganos Internos de Control, en contra de las personas servidoras públicas responsables.

Lo anterior, porque tanto la Fiscalía General y el Gobierno de Oaxaca presentaron información incompleta o negaron de manera reiterada su plena colaboración en las investigaciones realizadas por la CNDH, con lo que obstaculizó sus indagatorias.

“Las autoridades señaladas incurrieron en responsabilidad al incumplir sus funciones con apego al marco legal que protege los derechos humanos y regula la función de los servidores públicos, y confirma que ambas entidades incurrieron en responsabilidad institucional, faltando a la misión que les fue encomendada, en agravio de personas que forman parte de su comunidad”.

Según el organismo, el mandatario Alejandro Murat y el fiscal Arturo Peimbert violaron al derecho a una vida libre de violencia en su modalidad de violencia institucional; e incumplieron su obligación de atender e investigar la violencia contra las mujeres, y vulneraron el acceso a la justicia en la modalidad de procuración con perspectiva de género, “en agravio de una mujer que fue atacada con ácido en la ciudad de Huajuapan de León, Oaxaca, así como de sus familiares, víctimas indirectas del ataque y que fueron revictimizadas durante el desarrollo de las investigaciones judiciales para esclarecer la agresión”.

El 21 de febrero del 2020, la CNDH acordó atraer el caso que se encontraba en estudio de la Defensoría de los Derechos Humanos del Estado de Oaxaca y por el cual la Fiscalía General del Estado integró tres carpetas de investigación: la primera inicialmente por el delito de lesiones calificadas, pero reclasificado a feminicidio en grado de tentativa; la segunda, promovida por la víctima por delitos contra la intimidad sexual y; la tercera, por tráfico de influencias y por el delito de concusión, que se refiere a la exigencia de pagos y beneficios extra legales por parte de servidores públicos.

En su recomendación, afirmó que constató que las violaciones a los derechos humanos se desencadenaron a partir de un ataque con ácido, como forma de violencia física derivada de una relación afectiva en la que la víctima señaló como responsable intelectual a su expareja, como se desprende de las declaraciones ministeriales en las que se relatan diversidad de actos de violencia por parte de la persona señalada.

Asimismo, destacó que cuando sucedieron tanto la agresión con ácido como las respuestas y omisiones de las autoridades, ocurrieron en el marco de la Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres que se encuentra activada en el estado de Oaxaca desde el 30 de agosto de 2018 por violencia feminicida; y que en esa declaratoria, se consideró a la ciudad de Huajuapan entre las localidades que requerían la implementación de acciones de emergencia.

El gobierno de Alejandro Murat incumplió sobre las medidas recomendadas en el decreto de la alerta de género, que tiene la finalidad de crear mecanismos eficientes para investigar y sancionar a las autoridades que no realizan su obligación de protección a las mujeres.

Tampoco se comprobaron referencias de que el estado de alerta de género se haya considerado como elemento indispensable en la investigación del caso, ni en el contexto de la agresión perpetrada.

La CNDH encontró que tanto el gobierno de Oaxaca como la Fiscalía General sólo comenzaron los procesos de apoyo y atención hasta que la víctima y sus familiares lograron la atención de la prensa y se publicaron notas periodísticas sobre su caso.

“Y que debido a la naturaleza y objetivo de las agresiones en contra de la víctima, desde que sucedieron los hechos debieron implementarse las medidas para su protección, establecidas en el Protocolo de Investigación de Feminicidio en el Estado, publicado en julio de 2013”.

El organismo evidenció que la Fiscalía de Oaxaca no elaboró un plan de protección en coordinación con otras dependencias de la administración pública estatal o municipal, ni ejecutó adecuadamente medidas en favor de la víctima ni de sus familiares; y considera que las autoridades responsables, señaladas en este caso, debieron realizar las diligencias de manera autónoma, sin necesidad del impulso procesal de las víctimas o de la exposición del caso a la opinión pública a través de los medios de comunicación.

A partir de esta recomendación, solicitó a Alejandro Murat realizar de manera inmediata una campaña de promoción y difusión de los derechos de las mujeres, víctimas de violencia de género en toda la entidad, con duración de al menos un año.

El mandatario también deberá realizar las gestiones necesarias para dar cumplimiento a las Recomendaciones Generales 40/2019, sobre violencia feminicida y derecho de las mujeres a una vida libre de violencia en México; y la 43/2020, sobre violación al acceso a la justicia e insuficiencia en la aplicación de políticas públicas en la prevención, atención, sanación y reparación integral del daño a personas víctimas directas e indirectas de feminicidios y otras violencias, emitidas por esta Comisión Nacional.

Mientras que Arturo Peimbert le solicitó que se realice las gestiones necesarias para crear la Unidad de Análisis de contexto, que investigue las circunstancias en cada uno de los casos de feminicidio, homicidio doloso y desaparición de niñas, mujeres y adolescentes, y que se destinen para sus funciones instalaciones adecuadas, personal capacitado en perspectiva de género y recursos para comenzar a operar.

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