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jueves, septiembre 19, 2024

Ayuntamiento de Santa Lucía del Camino adeuda más de 30 mdp en demandas laborales y sanciones electorales

Reportajes

El ayuntamiento de Santa Lucía del Camino enfrenta adeudos por demandas laborales y sentencias en su contra por el Tribunal Electoral del Estado, entre otras, que representan alrededor del 20.5 por ciento de su presupuesto anual, según información de la Comisión Permanente de Presupuesto y Programación de la 65 Legislatura del Congreso de Oaxaca.

Esto, luego de que la autoridad municipal solicitó a los diputados locales una ampliación extraordinaria en su presupuesto público por la cantidad de 30 millones de pesos para que pueda cumplir con sus obligaciones judiciales.

La Comisión de Presupuesto y Programación, sin embargo, consideró improcedente otorgar esa ampliación presupuestal, así como “facilitar y analizar lo necesario para implantar los medios de obtención de recursos a cargo del presupuesto del citado Ayuntamiento por ser de su exclusiva responsabilidad”.

De acuerdo con la resolución de los legisladores, el municipio tiene posibilidades de hacer frente a sus obligaciones ordinarias y extraordinarias, porque el Congreso del Estado aprobó en la Ley de Ingresos para el ejercicio fiscal 2023 del municipio de Santa Lucía del Camino, un monto de 146 millones 179 mil 216.70 pesos.

“Se demuestra que el multicitado Ayuntamiento, cuenta con recursos financieros suficientes para poder cumplir con el pago de los pasivos derivados que nos menciona, además tiene la facultad de realizar las previsiones presupuestales necesarias para que programe e incluya en su presupuesto de egresos los recursos económicos para que pueda cumplir con sus obligaciones a las que fue condenado de acuerdo con lo establecido en el artículo 42 de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria”.

El dictamen de los diputados locales también establece que los ejecutores del gasto, con cargo a sus respectivos presupuestos, deberán cubrir las contribuciones federales, estatales y municipales correspondientes, así como las obligaciones de cualquier índole que se deriven de resoluciones definitivas emitidas por autoridades judiciales, laborales y administrativas sean federales o estatales, según sea el caso.

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