La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) aseguró que es falso que el Gobierno de Oaxaca haya acreditado ante este organismo el gasto por dos millones 692 mil 263.41 pesos para la atención médica de María Elena Ríos, víctima de un ataque con ácido.
“La CNDH hace del conocimiento público que, de la documentación remitida por el gobierno de la entidad, como parte de las pruebas de cumplimiento a la citada Recomendación, no se tiene acreditada la cantidad mencionada por dicha autoridad”, informó a través de un pronunciamiento.
Recientemente, María Elena Ríos denunció que el gobernador Alejandro Murat Hinojosa le retiro el apoyo económico para su atención médica, como respuesta a las protestas que realizó durante las festividades de julio de 2022 y en el auditorio Guelaguetza.
En respuesta, el Gobierno de Oaxaca aseguró que no le retiró la atención médica a ella y su familia, sino que a partir de ahora las necesidades médicas se atenderán en instituciones de salud pública, como – afirmó – recomendó la CNDH. También aseguró que ha acreditado ante el organismo de derechos humanos el pago de más de 2.6 millones de pesos en la atención médica de la joven.
Tras la divulgación de esta respuesta, María Elena Ríos informó que denunciaría al gobernador Alejandro Murat por violencia de género, negó que se haya pagado esa cantidad por el gobierno estatal en sus gastos médicos en instituciones privadas y sostuvo que estos apenas superan el millón de pesos; también acusó al mandatario de adeudar un reembolso por alrededor de 300 mil pesos, también por sus gastos médicos.
Hoy, la CNDH informó que conoció la información del Gobierno de Oaxaca en el que señaló los más de 2.6 millones de pesos por concepto de apoyo emergente entregados a la víctima y que la misma se encuentra plenamente documentada en los informes remitidos a esta Comisión Nacional. Sin embargo, afirmó que es falso que se encuentre documentada esta cantidad.
El organismo también demandó al gobierno estatal que resguarde y proteja la información confidencial de una mujer que fue reconocida como víctima en la recomendación 28/2022, como su nombre y las cantidades económicas entregadas a María Elena Ríos.
Lo anterior, por las violaciones a sus derechos humanos “que fueron acreditadas tras sufrir lesiones corporales provocadas por un ataque con ácido y ser vulnerada por las autoridades de la entidad al no haber garantizado su derecho a una vida libre de violencia en su modalidad de violencia institucional, ni garantizar su derecho a la protección de la salud y el acceso a la justicia en su modalidad de procuración con perspectiva de género, entre otras”.
También recordó al Gobierno de Oaxaca que esos datos personas se clasifican como información confidencial en términos de lo previsto en los artículos 6, aptado A fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 116 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública (LGTAIP).
“Por lo que, es necesario que se adopten las medidas de protección para salvaguardar los datos personales de la víctima, la cual se encuentra bajo su estricta responsabilidad”.
De igual forma, dijo que es importante referir que la información confidencial no está sujeta a temporalidad alguna y solo podrán tener acceso a ella las personas titulares de la misma, sus representantes y las personas servidoras públicas facultados para ello, y no podrán hacerse públicos sin autorización previa de la o las víctimas.