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viernes, noviembre 22, 2024

Juez condena a ex alcaldesa de Nochixtlán y tres cómplices por desaparición forzada de Claudia Uruchurtu

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Deimos Sánchez/Estado20

Un Tribunal de Enjuiciamiento del Poder Judicial de Oaxaca, emitió este miércoles fallo condenatorio en contra de la ex presidenta municipal de Asunción Nochixtlán emanada del partido Morena, Lizbeth Victoria Huerta, y de tres personas más, entre ellas otra mujer y dos varones, al hallarlos penalmente responsables del delito de desaparición forzada en agravio de la activista Claudia Uruchurtu Cruz, cuyo paradero se desconoce desde marzo de 2021.

La resolución fue emitida este mediodía en una audiencia realizada en un juzgado especializado en materia de justicia para adolescentes ubicado en la la colonia Reforma, al norte de la ciudad de Oaxaca; sin embargo, las sentencias para cada una de las cuatro personas serán emitidas hasta el próximo 12 de diciembre una vez que los integrantes del Tribunal de Enjuiciamiento vuelvan a deliberar.

De 20 a 30 años, la sentencia que le espera

El artículo 348 Bis E del Código Penal del Estado de Oaxaca establece que al servidor o servidora pública que incurra en el delito de desaparición forzada de personas –situación de Lizbeth Victoria, como edil, y otro de los implicados, que fungía como su escolta– se le impondrá una pena mínima de 20 años de cárcel y una máxima de 30; sin embargo, también establece que la pena de prisión podrá ser disminuida hasta en una tercera parte en beneficio de aquel que hubiere participado en la comisión del delito, cuando administre información que permita esclarecer los hechos y hasta en una mitad, cuando contribuya a lograr la aparición con vida de la víctima.

En el caso de los particulares que fueran hallados culpables del mismo ilícito, la ley indica que “se le impondrá prisión de cinco a 25 años y multa de 200 a 500 veces el Valor de la Unidad de Medida y Actualización”.

Luego de escuchar el fallo de los jueces, los cuatro sentenciados fueron sacados de las instalaciones y trasladados por elementos de la Policía Estatal a bordo de patrullas al penal de San Francisco Tanivet, Tlacolula, donde permanecen recluidos; las cuatro personas salieron custodiadas por los agentes, con la cabeza cubierta y apuntando hacia el suelo.

Por su parte, la Fiscalía General de Oaxaca precisó que los cuatro responsables son L. V. H. (ex presidenta municipal de Asunción Nochixtlán) y N. Y. V. J., así como los masculinos Juan H. M., alias “El Centinela” y R. A. B. alias “El Colas”, responsables del delito de desaparición forzada.

De acuerdo con los hechos asentados en la causa penal 203/2021, el pasado 26 de marzo de 2021, la víctima fue vista por última vez en inmediaciones del palacio municipal de Asunción Nochixtlán, luego de participar en una manifestación contra las autoridades del lugar.

Agregó que como resultado de las investigaciones, la Fiscalía de Oaxaca logró, en primera instancia, la aprehensión de Lizbeth Victoria y de José Antonio A. H. alias “El Centinela” y guardaespaldas de la alcaldesa, quienes quedaron a disposición del Juzgado de Control, que determinó vincularlos a proceso el 13 de mayo de 2021.

Asimismo, en julio de 2021, se logró la aprehensión de la mujer N. Y. V. J.l esposa de El Centinela, y el masculino R. A. B., alias “El Colas”, quienes también fueron vinculados a proceso.

Respecto a la localización de la víctima, en diferentes fechas de 2021 y 2022, la FGEO ha llevado a cabo sin éxito diversos operativos de búsqueda en diversos municipios, localidades, parajes y tramos carreteros de la región de la Mixteca, acciones realizadas en estrecha coordinación con la Comisión Nacional de Búsqueda (CNB), Coordinación Nacional Antisecuestro (CONASE) de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC), Comisión Estatal de Búsqueda, Guardia Nacional y Secretaría de la Defensa Nacional.

En tanto, la audiencia de individualización de sentencia de L. V. H., N. Y. V. J. así como de José Antinio alias “El Centinela” y R. A. B. alias “El Colas” se llevará a cabo el próximo 12 de diciembre.

¿La sentencia, qué dice el Código Penal?

El Artículo 348 Bis D del Código Penal de Oaxaca establece en su primer párrafo que comete el delito de desaparición forzada de personas, el servidor público que por sí o a través de otros realice, consienta, autorice o apoye la privación de la libertad de una o más personas y propicie o mantenga su ocultamiento bajo cualquier forma, se niegue a reconocer dicha privación de la libertad o se niegue a informar sobre el paradero de la persona.

Asimismo, agrega que, “lo dispuesto en el párrafo anterior, también podrá ser cometido por un particular cuando actúe por autorización, consentimiento o apoyo de un servidor público.

“Se equipara al delito de desaparición forzada de persona, la ocultación de familiares de víctimas
de este delito o nacidos de una madre víctima de desaparición forzada, durante el cautiverio”, agrega.

Mientras tanto, el artículo 348 Bis E indica que al servidor público que comete el delito de desaparición forzada de personas, como es el caso de Lizbeth Victoria Huerta y el resto de los implicados, que eran parte del equipo de la edil en el ayuntamiento de Asunción Nochixtlán, se le impondrá una pena de prisión de 20 a 30 años de prisión y multa de
300 a 700 veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización, así como la inhabilitación por el tiempo de la pena fijada en la sentencia ejecutoriada, para el desempeño de cualquier cargo o empleos públicos.

“Al particular que comete el delito de desaparición forzada de personas, se le impondrá prisión de
cinco a 25 años y multa de 200 a 500 veces el Valor de la Unidad de Medida y Actualización.

Atenuantes

La pena de prisión podrá ser disminuida hasta en una tercera parte en beneficio de aquel que hubiere participado en la comisión del delito, cuando administre información que permita esclarecer los hechos y hasta en una mitad, cuando contribuya a lograr la aparición con vida de la víctima.

El Estado y los municipios serán solidariamente responsables del pago de los daños y perjuicios
causados por sus servidores públicos.

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