El juez Décimo de Distrito en el Estado de Oaxaca, ordenó suspender el cambio de adscripción de un servidor público emitida por el Tribunal Superior de Justicia del Estado de Oaxaca (TSJEO) de la Ciudad de Oaxaca de Juárez a la Ciudad de Huajuapan de León, en virtud de que ello afectaría la convivencia con su menor hijo de edad.
Mediante oficio de siete de junio de este año, el área administrativa del TSJEO ordenó el cambio de adscripción del servidor público a la región Mixteca, sin tomar en cuenta que ello implicaba separar a la familia y el incumplimiento de sus deberes paterno-filiales. Además, implica la erogación de gastos que disminuyen su raquítico sueldo de seis mil pesos mensuales.
El TSJEO ha emitido este tipo de determinaciones (cambios de adscripción) a lo largo de varios años sin respetar el derecho de convivencia de hijos con padres y madres trabajadoras. Lo que propicia la desintegración familiar al cosificar a los trabajadores llevándolos de una región a otra sin tomar en cuenta su voluntad.
Y es que las “necesidades del servicio” han sido utilizadas para violar los derechos humanos de las trabajadoras y trabajadores de los tribunales y fiscalías quiénes a capricho y voluntad de sus superiores jerárquicos son llevados a zonas alejadas de sus domicilios.
Inconforme con esta determinación, Litigio Estratégico Indigena A.C. asesoró al niño y a su padre porque la orden de cambio de adscripción viola el derecho humano a la convivencia establecido en la Constitución y en los Tratados Internacionales.
Litigio Estratégico Indígena A.C., que también postula el rescate de los ríos Salado y Atoyac, busca que mediante el juicio de amparo se siente un precedente contra el autoritarismo de algunas instituciones gubernamentales.
El juez décimo de Distrito en el Estado de Oaxaca, concedió la suspensión provisional al infante y ordenó que el padre no puede ser cambiado de adscripción.
La suspensión provisional, según palabras de Carlos Morales Sánchez, presidente de Litigio Estratégico Indígena A.C., representa la esperanza de que en los cambios de adscripción de las instancias gubernamentales tomen en cuenta el interés superior de las infancias y el derecho de convivencia de madres y padres trabajadores con sus hijas e hijos.