La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO) ordenó al presidente de la Junta de Coordinación Política del Congreso del Estado, Luis Alfonso Silva Romo, retirar de manera inmediata los espectaculares en los que promociona su imagen y que están instalados en diferentes zonas de la capital del estado y municipios conurbados.
De acuerdo con el órgano electoral, el diputado local de Morena tiene un plazo de 24 horas para el retiro de esta publicidad denunciada por el Partido Revolucionario Institucional (PRI) como actos anticipados de campaña y precampaña.
Edwin Vásquez, representante del PRI ante el IEEPCO, celebró que “por fin” se les han otorgado las medidas cautelares solicitadas para el retiro de la publicidad de Luis Alfonso Silva Romero, “que ha venido realizando de manera ilegal desde julio de 2023.
“El PRI respeta los tiempos electorales, las campañas aún no inician, vayamos generando las condiciones necesarias de respeto al electorado, deben recordar cuál fue la esencia de la reforma electoral de 2014, y era que no estuviera todo el tiempo la invasión de campañas electorales”, apuntó.
Edwin Vásquez agregó que la orden de la Comisión de Quejas y Denuncias del para el retiro de la publicidad ilegal de actores políticos, también ordena al Municipio de Oaxaca de Juárez se retire la propaganda del diputado Luis Alfonso Silva por haberse careditado la ilegalidad de la publicidad, lo que en consecuencia obligaría al Municipio a retirar todo aquello que según las investigaciones no tienen registro, ni padrón de contribuyentes relacionados con giros de publicidad.
Recordó que que todo proveedor debe estar dado de alta en el Registro Nacional de Proveedores del Instituto Nacional Electoral (INE.
Y se ha solicitado también a la Unidad Técnica de Fiscalización tome conocimiento del número de espectaculares para que en caso de ser aspirante se le acumulen los gastos de campaña y precampaña.
Esta decisión del IEEPCO, fue acordada luego del que el Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO) resolvió que fue omiso en la emisión de las medidas cautelares y únicamente se abocó a analizar respecto a la conducta típica de actos anticipados de campaña, cuando en la demanda interpuesta por el PRI contra diputados del partido Morena, también se denunció promoción personalizada.
El TEEO resolvió que el IEEPCO había incumplido con el principio de exhaustividad en su determinación; y por eso revocó el acuerdo en el que desecha la queja del PRI y ordenó que la autoridad responsable se pronuncie nuevamente, tomando en cuenta lo razonado en la sentencia.
En total, el Tribunal revocó por falta de exhaustividad en su estudio, tres acuerdos de la Comisión de Quejas y Denuncias o Procedimiento Contencioso Electoral del IEEPCO, relativos a presuntos actos anticipados de campaña y promoción personalizada de legisladores locales.
Entre ellos se encuentran los acuerdos CQDPCE/CA/045/2023 y CQDPCE/CA/37/2023; en los cuales la Comisión de Quejas del IEEPCO desechó las medidas cautelares solicitadas por Dulce Alejandra García Morlán y la representación del PRI, respectivamente.
“En ambos, la autoridad señalada no realizó una verdadera evaluación preliminar del caso concreto para determinar la procedencia o no de las medidas, al sostener indebidamente su determinación con razonamientos de fondo”.
La Comisión de Quejas y Denuncias del IEEPCO argumentó que en la propaganda denunciada no era posible advertir actos anticipados de campaña y la probable infracción denunciada, “al no contener ninguna expresión que, de manera objetiva, manifiesta, abierta, inequívoca y sin ambigüedades, solicite en favor o en contra de una opción electoral”.
Los diputados locales de Morena denunciados por actos anticipados de campaña y precampaña son Luis Alfonso Silva Romo, Haydee Reyes, Liz Gallardo, Sesúl Bolaños López y Lizet Arroyo.